INFORMACIÓN GENERAL
Derecho Anual de Matricula 2012

Mediante Resolución 025/11. El CPAIA establece el Derecho Anual de Matricula para el año 2012. Así mismo se informa que el mismo incluirá un seguro de Responsabilidad Civil cuyo costo sera solventado por el CPAIA.

Río Gallegos, 05 de diciembre de 2011
RESOLUCIÓN Nº 025/CPAIA/2011

VISTO:

La necesidad de fijar el importe del Derecho Anual de Inscripción y Derecho Anual de Matricula para el año 2012, como así también las fechas y formas en que se podrán abonar los mismos; y

CONSIDERANDO:

Que contemplando el aumento en los costos de vida del año en curso resulta razonable modificar el Derecho Anual de Matricula para el año 2012, proponiendo que sea de pesos seiscientos cincuenta ($650,00);
Que a fin de otorgar al matriculado cierta facilidad se estima conveniente desdoblar el pago del Derecho Anual de Matricula, en dos semestres de igual valor de pesos trescientos veinticinco ($ 325,00) cada uno;
Que para el caso de abonarse al contado es adecuado realizar una quita en el pago de la misma, por lo que el Derecho Anual Matrícula Bonificado será de pesos quinientos ($500,00);
Que el Derecho de Inscripción para el año 2012, será equivalente al valor de dos Derechos Anuales de Matrícula Bonificados, resultando un importe de pesos un mil ($1.000,00);
Que el Derecho de Inscripción deberá ser abonado en un único pago al momento de efectuarse la misma;
Que los pagos efectuados con posterioridad a las fechas de vencimiento serán pasibles de un recargo del treinta por ciento (30 %);
Que a efectos de brindar un servicio más a nuestros matriculados se ha contratado, para el año que se inicia, un Seguro de Responsabilidad Civil, en los términos dispuestos por la Ley de Seguros N°17418, para todos los profesionales habilitados;
Que el costo del antedicho Seguro estará incluido en el monto establecido para la matrícula anual, resultando gratuito para el matriculado y se toma sin perjuicio de las pólizas individuales que cada uno quiera contratar;
Que asimismo el referido Seguro tiene características de tipo colectivo y no requiere la manifestación de voluntad del matriculado para perfeccionar el consentimiento;
Que en virtud de lo expuesto se hace necesario el dictamen del instrumento legal de práctica.

POR ELLO:

EL CONSEJO PROFESIONAL DE LA AGRIMENSURA, INGENIERÍA Y
ARQUITECTURA DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ - LEY 272

RESUELVE

Art.1º) Se establece como Derecho Anual de Matricula para el año 2012 el importe de pesos seiscientos cincuenta ($650,00).
Art. 2º) Determinase como Derecho Anual de Matrícula Bonificado por pago al contado pesos quinientos ($500,00).
Art. 3º) Fijase como Derecho de Inscripción para el año 2012 la suma de pesos un mil ($1.000,00).
Art.4°) Otorgarse la posibilidad de efectuar el pago del Derecho Anual de Matrícula establecido en el artículo 1°, en dos cuotas iguales de pesos trescientos veinticinco ($325,00), por cada semestre.
Art 5°) Establecer las siguientes fechas de vencimiento:
a) Pago único y primer semestre, operará el 31 de marzo del 2012.
b) Pago de segundo semestre, operará el 31 de julio del 2012.
Siendo exigibles dichos pagos en el primer ejercicio profesional que él matriculado presente en cada uno de los semestres.
Art 6°) Determinase que el derecho de inscripción deberá ser abonado en un único pago, en el momento de efectuarse la misma.
Art 7°) Fijase un recargo del treinta por ciento (30%), para los pagos efectuados con posterioridad a las fechas de vencimiento.
Art 8°) Inclúyase dentro de la Matrícula 2012 un Seguro de Responsabilidad Civil para cada Matriculado que reúna las siguientes condiciones:

  1. Ser profesional habilitado en el año 2012.
  2. No registrar deuda exigible con este Consejo en concepto alguno.
  3. Encontrarse debidamente matriculado en el C.P.A.I.A. al momento del acaecimiento del hecho, acto u omisión cubierto por la póliza contratada.

Art 9°) Regístrese, notifíquese a las Delegaciones Zona Norte y El Calafate, dese a publicidad y cumplido archívese.